global1Los empresarios y autónomos que emprenden una actividad económica en España tienen motivos para alegrarse. Por fin ha salido la muy esperada Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, una reforma legislativa que promete revitalizar aquellos sectores de la economía española más afectados por la crisis económica y facilitar tanto el día a día de los emprendedores que ya ejercen una actividad como de aquellos que quisieran dar inicio a alguna.

Desde hace tiempo, aquellas personas que más empleo crean en este país han señalado las grandes dificultades existentes para establecerse como autónomo o crear una sociedad viable. Estas trabas son de muchas clases, aunque destacan las cargas fiscales y los obstáculos de carácter burocrático.

De este modo, nuestro legislador ha fijado la atención en aspectos tales como la tributación del  IVA, la protección de la vivienda propia frente a la responsabilidad patrimonial, la facilitación de la creación de empresas, la reducción de las cuotas de pluriactividad o la incentivación de la inversión extranjera a través de los permisos de residencia. Todas estas medidas prometen liberar una inmensa potencial emprendedora que probablemente hará su impacto en la economía española en los próximos años.

Resumidamente, los aspectos más relevantes de la Ley de Emprendedores son los siguientes:

1)    Emprendedor de Responsabilidad Limitada.- La Ley 14/2013 reconoce la vulnerabilidad de la vivienda habitual de los emprendedores y, por ello, la protege frente a las reclamaciones patrimoniales de los acreedores hasta una cantidad de 300.000 euros. Sin embargo, como es lógico, la nueva figura del “ERL” no servirá este propósito para los casos de fraude o negligencia grave.

2)    Cultura de emprendimiento.- Tanto en la educación secundaria como en la universitaria, se busca fomentar unas actitudes y habilidades que creará la próxima generación de emprendedores. Destacan aquí  las “miniempresas” que podrán constituir los estudiantes de carreras económicas para aprender cómo se lleva a cabo las actividades empresariales.

3)    Permisos de residencia para extranjeros.- Los obstáculos administrativos existentes hasta el momento para que un inversor o empresario nacional de un país no miembro de la UE se instale en España se han visto simplificados. Con esta medida se busca atraer el talento y la inversión desde fuera de nuestras fronteras. Igualmente, se prestará asesoramiento a aquellos emprendedores que quisieran acogerse a algún tipo de plan de ayuda al emprendimiento de las instituciones internacionales.

4)    Inclusión de empresas en la contratación pública.- Al ser muchas las condiciones exigidas para optar a un contrato administrativo, el Gobierno ha buscado abrir esta posibilidad a un abanico más grande de empresas. De este modo, sólo se exigirá la clasificación previa en los concursos para concursos de más de 500.000 euros, mientras que se buscará establecer uniones de empresas que puedan concurrir con mayor éxito a los concursos públicos.

5)    Creación de Empresas.- Utilizando los medios telemáticos y una serie de modelos más sencillos se ha conseguido simplificar y agilizar el proceso de creación de empresas que se espera podrá hacerse en menos de 48 horas. Igualmente, se busca incentivar a los empresarios a volver a emprender su actividad tras un primer fracaso, previéndose una serie de quitas, moratorias y acuerdos extrajudiciales con los acreedores.

6)    Criterio de IVA de caja.- Tanto los autónomos como los pymes podrán acogerse a un régimen en el que no tendrán que ingresar el importe del IVA en Hacienda hasta el momento del cobro de la factura.

7)    Sociedad Limitada de Forma Sucesiva.- Antes de la reforma, se exigía un desembolso inicial de 3.000 euros para la creación de una S.L. Con la nueva ley se rebaja el desembolso inicial, permitiendo la aportación posterior de un 20% de los beneficios.

8)    Tarifa plana de 50 euros.- Los nuevos autónomos podrán disfrutar de una bonificación del 80% en la cuota de la Seguridad Social durante los primeros 6 meses, a la vez que se contemplan reducciones y bonificaciones para los emprendedores discapacitados. Otra medida importante es la reducción de la cuota de pluriactividad, pasando a ser la base de cotización entre el 50% y 85% de la base mínima vigente en ese momento.

9)    Apoyos fiscales.- Se ponen en marcha toda clases de incentivos fiscales, ya sea por inversión de beneficios, en las actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, a las rentas procedentes de determinados activos intangibles y a la creación de empleo para trabajadores con discapacidad.

Para cualquier duda o consulta, dejen un comentario o contacten con nosotros en mathos@rodriguezbernal.com.

Artículo por Mark Athos Franklin, abogado británico en el despacho Rodriguez Bernal.

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