Nómadas digitales - Rodríguez Bernal abogados

El desarrollo de nuevas tecnologías, globalización de la economía y la pandemia han provocado grandes cambios en nuestras vidas y en nuestra forma de entender el trabajo. Con facilidad “derribamos» los muros de nuestras oficinas y aprendimos a organizar nuestra jornada laboral desde la casa. Las empresas han tenido que adaptarse a la nueva realidad y el teletrabajo se ha convertido en algunos sectores en la opción óptima para mantener y aumentar la productividad.

Estos cambios generaron una rápida respuesta en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Estrategia de la Nación Emprendedora Española, que recoge, entre otras medidas: el apoyo al emprendimiento, desarrollo de instrumentos financieros para impulsar la inversión inicial y la creación de startups en tecnologías disruptivas.

El pasado 22 de diciembre fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley 28/2022, también conocida como Ley de Start-ups, cuya finalidad es apoyar la creación y el crecimiento de empresas emergentes y el establecimiento en España tanto de los emprendedores como de los trabajadores conocidos como “nómadas digitales”. Esta ley introduce un nuevo tipo de visado y autorización de residencia y trabajo (por teletrabajo de carácter internacional) dentro de los regulados por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, conocida como Ley de Emprendedores.

El nuevo visado para los teletrabajadores (Nómadas Digitales) está dirigido a los ciudadanos extracomunitarios que trabajan a distancia para empresas extranjeras, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y quieren residir en España. El visado para nómadas digitales permitirá vivir durante un año en España, después se podrá solicitar la residencia de 3 años con posterior renovación de 2 años, “siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho”.

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